El subsidio a la tasa de interés hipotecaria, junto con la garantía estatal FOGAES, fue ampliado para facilitar la compra de viviendas nuevas de hasta 6.000 UF.La modificación se encuentra establecida en la Ley N.º 21.836, publicada el 17 de agosto de 2026, que aumentó el límite anterior de 4.000 UF a 6.000 UF.
El programa combina dos mecanismos:
Esto puede ayudar a disminuir el dividendo mensual y facilitar el acceso al financiamiento. Sin embargo, la aprobación del crédito continúa sujeta a la evaluación comercial y financiera realizada por cada banco o institución participante.
Para acceder al beneficio se deben considerar las siguientes condiciones:
La ampliación contempla hasta 80.000 subsidios. El beneficio estará disponible hasta el 31 de mayo de 2028 o hasta que se utilicen todos los cupos disponibles.
No se realiza una postulación individual directamente ante el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.La persona interesada debe:
El subsidio y la garantía estatal no aseguran la aprobación del crédito. Cada institución financiera evalúa los ingresos, antigüedad laboral, nivel de endeudamiento, historial financiero, ahorro disponible y capacidad de pago del solicitante.
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Fuente oficial: Ley N.º 21.748, modificada por la Ley N.º 21.836.